AMPLIACIÓN DEL PLAZO
PARA LIQUDAR E INGRESAR LAS
RETRIBUCIONES EN ESPECIE
1.- La totalidad del importe abonado a los trabajadores por
pluses de transporte y distancia.
2.- Mejoras en las prestaciones de la Seguridad Social, salvo
las correspondientes a la incapacidad temporal.
3.- Asignaciones asistenciales, salvo las correspondientes a
los gastos de estudios de trabajadores o
asimilados, cuando vengan exigidos por el desarrollo de sus actividades o las características
del puesto de trabajo.
4.- La totalidad de los gastos normales de manutención y
estancia generados en el mismo municipio del lugar del trabajo habitual del
trabajador y que constituya su residencia.
El periodo para que las empresas liquiden e ingresen las
cotizaciones correspondientes a las retribuciones en especie (vales de comida,
plus transporte, seguros médicos y planes de pensiones) que, en principio era
hasta el 31 de Marzo de 2014, ha sido ampliado por la Tesorería General de la
Seguridad Social hasta el 31 de Mayo de 2014. Hasta dicha fecha dichas
cotizaciones no tendrán ningún tipo de recargo
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