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jueves, 13 de marzo de 2014

TRAMITES PREVIOS AL DESPLAZAMIENTO DE LOS TRABAJADORES DEL RETA.

TRAMITES PREVIOS AL DESPLAZAMIENTO DE LOS TRABAJADORES DEL RETA.

La persona que ejerza normalmente una actividad por cuenta propia en un Estado Miembro y que vaya a realizar una actividad similar en otro Estado Miembro seguirá sujeto a la legislación del primer estado miembro a condición de que la duración previsible de la actividad no exceda de 24 meses. La persona debe haber ejercido su actividad por cuenta propia durante un mínimo de dos meses.

¿Qué significa esto? Pues que si estás pensando en trabajar como trabajador por cuenta propia porque te hayan ofrecido un contrato mercantil en un estado miembro de la Unión Europea debes estar dado de alta al menos con dos meses de antelación en España como trabajador por cuenta propia si quieres seguir estando sujeto a la legislación española. Si inicias tu actividad en un país miembro de la Unión Europea distinto a España en la misma fecha en la que te das de alta en el RETA, dicha alta debe efectuarse en el país en el que vas a realizar dicha actividad profesional.

Antes de viajar al país al que vayas a realizar tu actividad profesional debes acudir a la Tesorería General de la Seguridad Social y presentar el formulario TA-300 y la Tesorería te entregará una resolución, formulario E-101 en la que se te reconocerá todos tus derechos como trabajador desplazado, esto es la Administración de la Seguridad Social certificará que el trabajador continuará sometido a la legislación española de la seguridad social mientras dure el desplazamiento a la Unión Europea. Esta solicitud será denegada si el trabajador por cuenta propia lleva menos de dos meses dado de alta como trabajador en dicho régimen.

Además de esta resolución, E-101, el trabajador debe disponer de la Tarjeta Sanitaria Europea, que se podrá solicitar ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social.

También habrá de solicitarse en el INSS el modelo E-104, que es un certificado en el que aparecerán todos los periodos de empleo, cotización y residencia en un mismo país. Da acceso a los trabajadores migrantes al seguro médico en países que exigen estos certificados de periodos de cotización para así poder evitar los periodos de carencia en la asistencia sanitaria. Habrá de presentarlo en una oficina del organismo de seguro médico del país donde viven.

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