COTIZACION POR DESEMPLEO PARA LOS CONTRATOS DE DURACIÓN DETERMINADA A TIEMPO PARCIAL
El día 26 de enero entró en vigor el Real Decreto-Ley 1/2014 , que entre otras novedades, ha modificado la cotización por desempleo de los empresarios en aquellos contratos que son de duración determinada a tiempo parcial. Hasta ahora, la cotización de dichos contratos era de un 9,30%, de los que el 7,70% eran por cuenta del empresario y el 1,60% por cuenta del trabajador. A partir de la entrada en vigor del Real Decreto-Ley 1/2014, en su artículo undécimo, se señala que la cotización por desempleo de estos contratos es del 8,30%, de los que el 6,70% serán por cuenta del empresario y el resto, como hasta ahora, el 1,60% serán por cuenta del trabajador.
Dicha modificación debe ser aplicada a todas las nominas que se calculen en el mes de enero del 2014.
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